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Boletín/México, D.F.- El pasado primero de julio, la Procuraduría General de la República, a través de su Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres (FEVIMTRA), obtuvo del Juez Cuarto de Distrito en Materia de Procesos Penales el auto de formal prisión contra Dereck Lorenzo Dhering Castaño y/o Dereck Lorenzo Dherring Castaño y/o José Antonio Gutiérrez Castaño y/o José Ángel Gutiérrez Castaño, al acreditar elementos suficientes sobre su probable responsabilidad en la comisión del delito de trata de personas, en su modalidad de explotación sexual. En el Auto de Término Constitucional dictado en la causa penal 111/2010-IV se estableció que la Juez Cuarto consideró "acreditado el cuerpo del delito de trata de personas (hipótesis aplicable a quien consiga para sí a una persona mediante el engaño y la violencia moral, para someterla a explotación sexual), previsto y sancionado en los artículos 5, párrafo primero, y 6, fracción I de la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas". Al mismo tiempo, resolvió que la competencia legal es jurisdicción propia del Distrito Federal al establecer que "el asunto fue consignado por el Ministerio Público de la Federación en esta ciudad; de ahí que sea el Distrito Federal el ámbito territorial de competencia que previno del asunto y, en términos del artículo 6 citado (Código Federal de Procedimientos Penales), corresponde al Juez Penal en el Distrito Federal, en turno, seguir conociendo los presentes hechos" de la causa derivados de la investigación del Ministerio Público de la Federación. Por tanto, no obstante que la Juez Cuarto consideró demostrada la probable responsabilidad de Dereck Lorenzo Dherring Castaño en la comisión del delito de trata de personas y se dictó el auto de formal prisión al satisfacerse las exigencias del artículo 19 constitucional, con pleno respeto a la decisión judicial, la representación social de la Federación, a través de su homólogo, adscrito a la juez de la causa, interpondrá recurso de apelación por considerar que sí existe competencia para que sea un juez federal quien, en su momento, dicte la sentencia respectiva, así como que está acreditado, adicionalmente, el delito de trata de personas en la hipótesis de explotación laboral. De esta manera, el Gobierno Federal reitera ante la sociedad su indeclinable compromiso con la procuración de justicia y mantendrá una firme, sostenida e indeclinable aplicación de la ley y defensa de las víctimas del delito de trata de personas.
Fuente: Dirección General de Comunicación Social. Procuraduría General de la República, (PGR). |
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